Tesis
En cualquier momento dentro
del primer año el maestrando deberá proponer a la Comisión
de la Maestría, el Director de Tesis. El Director de Tesis deberá ser un
investigador de sólida formación y acreditada idoneidad en el área
correspondiente. A la propuesta de su designación, se deberá adjuntar el
curriculum vitae del Director de Tesis y éste deberá manifestar
fehacientemente su conformidad con dicha proposición.
Serán funciones del Director de Tesis:
a) Asesorar al maestrando respecto de las materias optativas, y talleres y/o seminarios de tesis que éste deberá realizar para completar su formación, debiendo dedicar 256 horas a las primeras y 160 horas a los segundos, según Resolución (CS) Nº 6.650/97.
b) Presentar, juntamente con el maestrando, el plan de Tesis para su consideración por la Comisión de la Maestría.
c) Atender y supervisar en forma permanente el trabajo de investigación del maestrando.
d) Orientar y supervisar, una vez aprobado, el Plan de Tesis de la Maestría.
a) Tema de investigación sobre el cual tratará el trabajo.
b) Lugar de trabajo.
c) Antecedentes sobre el tema.
d) Naturaleza del aporte proyectado.
e) Campo de aplicación de los resultados.
f) Disponibilidad de infraestructura, factibilidad de desarrollo del trabajo y financiamiento.
g) Plan de trabajo.
Una vez aceptado el Plan de Tesis por la Comisión de la
Maestría, será elevado a la Consideración del Consejo Directivo de la
Facultad sede. El maestrando podrá presentar la Tesis de
Maestría antes de que se cumpla un año de finalizar la cursada de la Maestría.
El Consejo Directivo de la Facultad sede, a propuesta de la Comisión de la
Maestría podrá extender el plazo mencionado, por única vez, cuando existieran
circunstancias que así lo justifiquen.
El jurado
El maestrando
presentará a la Comisión de la Maestría, cinco (5) ejemplares de la Tesis,
siguiendo las disposiciones que establezca dicha Comisión. Todos los ejemplares
deberán estar refrendados por el maestrando y su Director y
Codirector (sí lo hubiere) de Tesis.
A propuesta de la Comisión de la Maestría, el Consejo Directivo de la Facultad
sede designará a los miembros del Jurado.
El Jurado estará constituido como mínimo por tres especialistas en el
tema de la tesis o en temas afines; podrán designarse también hasta dos (2)
miembros suplentes. El Director no formará parte del Jurado pero actuará como
asesor de éste.
El Jurado evaluará la tesis en un plazo no mayor a dos (2) meses, contados a
partir de su designación.
La tesis, con dictamen fundado, podrá ser:
a) APROBADA y en caso excepcional APROBADA con mención especial.
b) DEVUELTA, en cuyo caso el Jurado se reunirá con el maestrando y con su Director para proponer correcciones y modificaciones a efectuar y el plazo en el cual se deberán realizar.
c) RECHAZADA. La decisión del Jurado se tomará por mayoría simple y deberá ser asentada en el Libro de Actas correspondiente.
Una vez aprobada la Tesis, el maestrando hará una exposición pública de la misma.